Juez niega suspender las conferencias de López-Gatell donde da a conocer avances del Covid-19


El presidente de la Fundación para la Promoción del Altruismo, Óscar Hernández, solicitó la cancelación de las conferencias diarias a cargo de López-Gatell.

Por medio de un amparo, el presidente de la Fundación para la Promoción del Altruismo demandó al gobierno federal para que se dejen de llevar a cabo las conferencias de prensa del subsecretario de Salud Hugo López-Gatell.

Aunque admitió la demanda a trámite, la juez Séptimo de Distrito en materia Administrativa en la Ciudad de México rechazó suspender las conferencias diarias sobre COVID-19.

“En el Informe Diario sobre Coronavirus, encabezado por Hugo López-Gatell, subsecretario de Prevención y Promoción de la Salud, se explica de manera gráfica cómo se está comportando la pandemia en el mundo. […] No puede suspenderse ante el cuestionamiento de que los datos proporcionados por los intervinientes no son correctos o actualizados”, detalló la juez de acuerdo con El Universal. Y añadió que, en caso de conceder la suspensión, la población no estaría informada sobre la pandemia de COVID-19.

Asimismo, ante el amparo contra las conferencias vespertinas de López-Gatell, la juez explicó que son un canal de comunicación que estableció el gobierno con los ciudadanos. Por ello, negó la suspensión.

Óscar David Hernández Carranza, presidente de la Fundación para la Promoción del Altruismo, presentó la demanda. Y alegó que hay omisiones y contradicciones de la información que se ofrece sobre la COVID-19.

La resolución de la juez Laura Gutiérrez de Velazco Romo, titular del derivó del juicio de amparo que promovió ayer el presidente de la Fundación para la Promoción del Altruismo, Óscar Hernández, quien solicitó la cancelación de las conferencias diarias a cargo de López-Gatell y/o del secretario de Salud, Jorge Alcocer Varela, en tanto se resuelva la legalidad de estas, ya que reclamó que los funcionarios incurren en omisiones y contradicciones en relación a los actos para enfrentar pandemia COVID-19.

Sin embargo, la impartidora de justicia señaló que resulta improcedente conceder la suspensión provisional, en virtud de que la conferencia de prensa constituye el medio de comunicación oficial establecido por el gobierno federal, con el fin de tener informada a la población en general de la situación que impera en el país respecto a la pandemia del Sars Cov-2.

Argumentó que otorgar de la medida cautelar produciría la afectación del interés social y disposiciones de orden público, pues se impediría mantener informada a la población de la situación que impera en el país respecto a la pandemia generada por el coronavirus.

Reiteró que en la conferencia de prensa de López-Gatell se explica de manera gráfica sobre cómo se comporta la pandemia en el mundo, tasa de letalidad global, transmisión o casos confirmados, la actualización del panorama nacional, ldistribución por entidad federativa, por tasa de incidencia acumulada, por grupo de edad, así como las defunciones, entre otros datos de interés general.

“No puede suspenderse ante el cuestionamiento de que los datos proporcionados por los intervinientes no son correctos o actualizados” según el fallo.


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