Delitos sexuales no podrán sancionarse cuando la víctima cumpla 30 años


De acuerdo con las reformas al Código Penal Federal (CPF), los delitos sexuales contra mujeres no serán validos cuando la víctima cumpla 30 años.

Dichas reformas fueron aprobadas por la Comisión de Justicia de la Cámara de Diputados, en las que se establece que los delitos de índole sexual ya no recibirán sanción ni podrán ser denunciados una vez que la víctima llegue a la edad de 30 años y no de 18, como según se indicaba en el CPF.

“En los delitos de feminicidio y de violación las penas no puedan aminorarse, no puedan modificarse por ninguna razón; que sean las penas originales que queden en la sentencia de una persona que cometa el asesinato de una mujer”, aseguró Marcela Torres Peimbert, diputada panista.

Además, la Comisión de Justicia también aprobó invitar a una reunión de trabajo a la titular de la Comisión para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres (Conavim), Candelaria Ochoa, para que les dé un panorama sobre las agresiones contra mujeres en el país.

“Creo que es muy importante contar con el diagnóstico e invitar a la titular para que nos platique cuál es el avance, el retroceso que se tiene en esta materia, los riesgos y las regiones dónde se cometen con mayor violencia”, señaló Pilar Ortega, legisladora panista.


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