Datos Biométricos. Es un dato personal recolectado, almacenado, comparado e interpretado en función de que identifica o hace identificable, directa o indirectamente, a la persona física a la que corresponde el registro.
Todo dato personal está protegido por la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares (LFPDPPP) y la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados (LGPDPPSO).
Los datos biométricos se dividen en dos grupos, de acuerdo con las características individuales que registran:
Características físicas y fisiológicas
- Huella dactilar
- Reconocimiento facial
- Reconocimiento de iris
- Geometría de la mano
- Reconocimiento de retina
- Reconocimiento vascular
Características del comportamiento y la personalidad
- Reconocimiento de firma
- Reconocimiento de escritura
- Reconocimiento de voz
- Reconocimiento de escritura de teclado
- Reconocimiento de la forma de andar
La regulación distingue del conjunto de los datos personales a un subconjunto particularmente delicado: el de los datos personales sensibles, a los que define como “aquellos datos personales que afecten a la esfera más íntima de su titular, o cuya utilización indebida pueda dar origen a discriminación o conlleve un riesgo grave para éste”. Los datos personales sensibles pueden referir, por ejemplo, el origen racial o la preferencia sexual de una persona; esta información, en caso de ser difundida por el responsable, pudiera hacer a su titular objeto de discriminación, negándole acceso a derechos o servicios.